Guerra al plástico en la Unión Europea

Se ha publicado la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa al objetivo de reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, en particular el medio acuático, y en la salud humana, así como fomentar la transición a una economía circular con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenibles.

Es misión de la Directiva fomentar los planteamientos circulares que dan prioridad a los productos reutilizables, sostenibles y no tóxicos y a los sistemas de reutilización frente a los productos de un único uso.

Entre las principales obligaciones de los Estados miembros destacan:

Adoptarán las medidas necesarias para lograr una reducción ambiciosa y sostenida del consumo de los productos de plástico de un solo uso enumerados en la Directiva.

Establecerán regímenes de responsabilidad ampliada del productor en relación con todos los productos de plástico de un solo uso para los que no se disponga todavía de alternativas adecuadas y más sostenibles para sufragar los gastos necesarios de la gestión de los residuos y de la limpieza de los vertidos de basura dispersa.

Garantizarán una recogida por separado de productos de plástico para su reciclado: Para ello establecerán sistemas de depósito y devolución y objetivos de recogida separada para los regímenes pertinentes de responsabilidad ampliada del productor.

Informarán a los consumidores para incentivar un comportamiento responsable, con el fin de prevenir los vertidos de basura dispersa y otros medios inadecuados de eliminación de residuos que generen basura marina que contenga plástico. Los consumidores deben ser correctamente informados sobre la disponibilidad de alternativas reutilizables y sistemas de reutilización, sobre las opciones disponibles de gestión de residuos más apropiadas o sobre las opciones de eliminación de residuos que deben evitarse, entre otros.

Ejemplos de recipientes para alimentos considerados productos de plástico de un solo uso son los recipientes de comida rápida o envases de comida, bocadillos, emparedados o ensalada que contienen alimentos fríos o calientes o los recipientes para alimentos frescos o procesados que no requieren preparación posterior, como las frutas, las verduras o los postres.

Ejemplos de recipientes para bebidas considerados productos de plástico de un solo uso son las botellas para bebidas o los envases compuestos para bebidas utilizados para la cerveza, el vino, el agua, los refrescos, los zumos y los néctares, las bebidas instantáneas o la leche, pero no los vasos para dichas bebidas, ya que estos forman parte de una categoría separada. La Comisión, debe evaluar, entre otros aspectos, las tapas y tapones de plástico que se usan en recipientes de bebidas de vidrio y de metal.

La nueva norma ha entrado en vigor el 2 de julio de 2019, y antes del 3 de julio de 2021 los Estados miembros deberán haber aprobado y tener en vigor las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en ella.

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